Registro de una vivienda turística (Parte I)
Cada vez es más habitual encontrar clientes que compran viviendas con la doble finalidad de pasar sus vacaciones en ella y alquilarla para estancias turísticas el resto del tiempo. Lo primero que tenemos que saber, es que es necesario registrar la vivienda en el servicio territorial de Turismo correspondiente a la provincia a la que pertenezca la vivienda. Si el propietario pretende alquilar entre 1 y 4 propiedades, deberá realizar un alta por cada vivienda, mientras que a partir de 5, deberá realizar el registro como empresa y se le asignará un único número de inscripción para todas las propiedades. Existen tres categorías de vivienda de alquiler vacacional, en función de sus características: estándar, primera y superior. Sólo podrán registrarse aquellas propiedades...
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